
En los últimos años, organizaciones internacionales y autoridades judiciales han definido estándares de debida diligencia en materia ambiental. La Unión Europea adoptó la Directiva 2024/1760 sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad y expidió el Reglamento 2023/1115 sobre productos libres de deforestación, normas que tienen implicaciones para las empresas colombianas. De igual forma, la Corte Constitucional ha reconocido que las empresas deben adelantar una debida diligencia en materia ambiental, lo cual implica retos y desafíos para las empresas del país.
Con el propósito de hacer un homenaje a la vida, un aporte a la promoción de la defensa del ambiente natural y a la formación del derecho ambiental colombiano, la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca – CAR elaboró y publicó una recopilación de discursos, ensayos y reflexiones del expresidente Misael Pastrana Borrero sobre temas ambientales, abarcando desde su mandato presidencial hasta su actividad posterior como líder y pensador político.
El Capítulo 4 del documento elaborado por Cortés et al. (UPRA, 2025), plantea y analiza el problema y las causas del fraccionamiento antieconómico de la tierra en Colombia, enfatizando en el uso agropecuario. El Capítulo explica este fenómeno desde múltiples causas: históricas, territoriales, productivas, económicas y socioambientales, sin perjuicio de otras unidades de análisis. Como fenómeno, se califica de excesivo, con potencial de comprometer la sostenibilidad del desarrollo rural en Colombia.
Después de más de 40 años de haber firmado y más de 30 de haber entrado en vigor la Convención de las Naciones Unidas para el Derecho del Mar, Colombia aún sigue discutiendo los pros y contras de ratificar el convenio base para la gobernanza de los espacios oceánicos por excelencia.
Este análisis ofrece una reseña jurisprudencial de la Corte Constitucional que enriquece el debate actual sobre el uso del suelo y la posibilidad de que autoridades nacionales lo definan directamente. A partir del examen de sentencias clave, se resalta la importancia de respetar la autonomía territorial. El texto se enmarca en la expectativa frente al pronunciamiento de la Corte sobre el expediente D-16118, actualmente pendiente de decisión.
Análisis de la Orden Ejecutiva «Unleashing America’s Offshore Critical Minerals and Resources» (2025) frente a la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR, 1982)
Con una frase que dice mucho en pocas palabras inicia el documento presentado por la Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CMMAD) de las Naciones Unidas, conocido como Nuestro Futuro Común: “La Tierra es una sola, pero el mundo no lo es”.
El principio de evaluación ambiental es una máxima orientadora del Derecho Ambiental para la toma de decisiones ambientales de proyectos, obras y actividades de impacto ambiental, que viene desde el año 1992, es una herramienta central para las decisiones administrativas ambientales, que ahora, en épocas de transición energética, entra a jugar un rol muy importante para garantizar la protección ambiental y a su vez, la seguridad energética en clave de sostenibilidad. En este post presentamos un poco la historia de este principio y las herramientas para tomar buenas decisiones administrativas.
Colombia ha asumido un papel estratégico en la gobernanza marina del Pacífico mediante su participación en el CMAR, alineando este compromiso con sus políticas públicas nacionales como la PNAOCI, la PNOEC y el CONPES 3990. Su objetivo es consolidar un instrumento jurídicamente vinculante que fortalezca la conservación de los ecosistemas marinos, impulse la cooperación internacional y garantice el desarrollo sostenible de las comunidades costeras.
Por: Axel David Murillo P.* El domingo 23 de marzo, los habitantes de París serán convocados a una consulta ciudadana para decidir si apoyan la renovación ecológica de 500 calles de la ciudad. Esta votación, promovida por la alcaldesa Anne Hidalgo, es la tercera de su tipo dentro de su programa de renaturalización del espacio público. Este mecanismo de participación democrática también existe en el derecho colombiano, “donde las consultas populares están consagradas en la Constitución de 1991 (arts. 103-106) y reguladas por la Ley 134 de 1994 y la Ley Estatutaria de Participación Ciudadana 1757 de 2015. Además, en el marco de las políticas de descentralización de los años noventa, la Ley 136 de 1994 otorgó a los municipios la autonomía para realizar consultas populares sobre proyectos que puedan afectar el uso del suelo y el medioambiente, incluyendo actividades extractivas” [1]. El programa de renaturalización en París ha generado […]