
Los Negocios Verdes son el más claro ejemplo de la relación armónica que SI puede haber entre conservación y desarrollo económico. Estos emprendimientos son una gran alternativa para dar a conocer los bienes y servicios que en algunas ocasiones solo se conocen en las mismas regiones que se producen. Es por esto que el esfuerzo realizado por Asocars y las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible para promover escenarios en los que estos Negocios puedan visibilizarse y contribuir con su expansión, son de gran importancia para impulsar este tipo de iniciativas que generan un impacto ambiental positivo y fortalecen a su vez aspectos sociales y económicos de quienes los desarrollan.
En los últimos años, organizaciones internacionales y autoridades judiciales han definido estándares de debida diligencia en materia ambiental. La Unión Europea adoptó la Directiva 2024/1760 sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad y expidió el Reglamento 2023/1115 sobre productos libres de deforestación, normas que tienen implicaciones para las empresas colombianas. De igual forma, la Corte Constitucional ha reconocido que las empresas deben adelantar una debida diligencia en materia ambiental, lo cual implica retos y desafíos para las empresas del país.
Con el propósito de hacer un homenaje a la vida, un aporte a la promoción de la defensa del ambiente natural y a la formación del derecho ambiental colombiano, la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca – CAR elaboró y publicó una recopilación de discursos, ensayos y reflexiones del expresidente Misael Pastrana Borrero sobre temas ambientales, abarcando desde su mandato presidencial hasta su actividad posterior como líder y pensador político.
El Capítulo 4 del documento elaborado por Cortés et al. (UPRA, 2025), plantea y analiza el problema y las causas del fraccionamiento antieconómico de la tierra en Colombia, enfatizando en el uso agropecuario. El Capítulo explica este fenómeno desde múltiples causas: históricas, territoriales, productivas, económicas y socioambientales, sin perjuicio de otras unidades de análisis. Como fenómeno, se califica de excesivo, con potencial de comprometer la sostenibilidad del desarrollo rural en Colombia.
Después de más de 40 años de haber firmado y más de 30 de haber entrado en vigor la Convención de las Naciones Unidas para el Derecho del Mar, Colombia aún sigue discutiendo los pros y contras de ratificar el convenio base para la gobernanza de los espacios oceánicos por excelencia.
Este análisis ofrece una reseña jurisprudencial de la Corte Constitucional que enriquece el debate actual sobre el uso del suelo y la posibilidad de que autoridades nacionales lo definan directamente. A partir del examen de sentencias clave, se resalta la importancia de respetar la autonomía territorial. El texto se enmarca en la expectativa frente al pronunciamiento de la Corte sobre el expediente D-16118, actualmente pendiente de decisión.
Análisis de la Orden Ejecutiva «Unleashing America’s Offshore Critical Minerals and Resources» (2025) frente a la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR, 1982)
Con una frase que dice mucho en pocas palabras inicia el documento presentado por la Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CMMAD) de las Naciones Unidas, conocido como Nuestro Futuro Común: “La Tierra es una sola, pero el mundo no lo es”.
El principio de evaluación ambiental es una máxima orientadora del Derecho Ambiental para la toma de decisiones ambientales de proyectos, obras y actividades de impacto ambiental, que viene desde el año 1992, es una herramienta central para las decisiones administrativas ambientales, que ahora, en épocas de transición energética, entra a jugar un rol muy importante para garantizar la protección ambiental y a su vez, la seguridad energética en clave de sostenibilidad. En este post presentamos un poco la historia de este principio y las herramientas para tomar buenas decisiones administrativas.
Colombia ha asumido un papel estratégico en la gobernanza marina del Pacífico mediante su participación en el CMAR, alineando este compromiso con sus políticas públicas nacionales como la PNAOCI, la PNOEC y el CONPES 3990. Su objetivo es consolidar un instrumento jurídicamente vinculante que fortalezca la conservación de los ecosistemas marinos, impulse la cooperación internacional y garantice el desarrollo sostenible de las comunidades costeras.