19 de noviembre de 2018

Sentencia del Consejo de Estado del 19 de abril de 2018 sobre los deberes de las entidades territoriales en la gestión del riesgo

Por: María Daniela De la Rosa

El consejo de estado el pasado 19 de abril de 2018 dictó la sentencia Rad. 66001-23-31-000-2012-00269-01(AP). Su consejera ponente, María Elizabeth García González analizó ¿cuáles son los deberes jurídicos de los municipios y departamentos frente a la gestión del riesgo? Se estableció que según los principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad los departamentos dentro de sus competencias tienen que financiar y apoyar a los municipios en la implementación de medidas de prevención, mitigación y conservación para contrarrestar amenazas de inundaciones. “En consecuencia, si bien en primera medida le corresponde al Municipio en materia de gestión de riesgo implementar, ejecutar y desarrollar las políticas, actividades y gestiones tendientes a precaver la ocurrencia de un desastre en los puntos afectados, también lo es que en atención a los principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad, el Departamento está obligado a ejercer sus funciones de inspección, control y vigilancia, en coordinación con las demás entidades territoriales, en aras de evitar factores de riesgo ambiental que conduzcan a la afectación de recursos naturales, ya que hace parte de sus competencias legales.”

Consulta la sentencia aquí.


Imagen tomada de: https://masqueseguros.mapfre.com.mx/hogar/como-evitar-inundaciones-en-casa/