27 de agosto de 2023

Reforma tributaria 2023: ¿qué significa para el futuro de los plásticos de un solo uso?

Los plásticos de un solo uso generan problemas ambientales significativos. Colombia ha abordado esta problemática mediante medidas para reducir la producción y consumo de estos plásticos. Entre de estas medidas está la Ley 2277 de 2022, por medio de la cual se adopta una reforma tributaria que impone un impuesto sobre los productos plásticos de un solo uso. Sin embargo, la efectividad de estas medidas depende de una implementación adecuada y disponibilidad de alternativas sostenibles en el mercado.

Por: Jenyfer D. Barrios Martínez

Los plásticos de un solo uso, también llamados plásticos desechables, se suelen utilizar para envases plásticos que incluyen artículos destinados a ser utilizados una sola vez antes de ser descartados o reciclados. Estos incluyen, entre otros, artículos tales como bolsas de supermercado, envases de alimentos, botellas, pajillas, recipientes, vasos y cubiertos (Programa para el Medio Ambiente de Naciones Unidas, 2018). Estos productos están concebidos para ofrecer una conveniencia inmediata y un uso práctico en situaciones cotidianas, como el consumo de alimentos y bebidas, el embalaje de productos o el transporte de mercancías. Estos productos suelen ser ligeros, económicos y fáciles de producir en masa, lo que los hace atractivos para el consumo diario y los negocios que buscan una opción práctica y rentable.

El uso de plásticos de un solo uso presenta una serie de problemáticas ambientales significativas que requieren atención urgente. Uno de los problemas más evidentes es la contaminación y acumulación de residuos. Los plásticos de un solo uso, como las bolsas, botellas, envases y pajitas, son desechados después de su primer uso y se convierten en una fuente masiva de residuos que no se degradan fácilmente en el medio ambiente. Esta acumulación de residuos plásticos tiene un impacto devastador en la vida silvestre y los ecosistemas marinos, ya que los animales a menudo confunden los plásticos con alimento.

Otra problemática asociada al uso de plásticos de un solo uso es la contaminación del agua. Cuando estos plásticos son desechados incorrectamente, pueden terminar en ríos, lagos y océanos, donde se fragmentan en micro plásticos, lo que plantea preocupaciones para la salud humana, ya que los micro plásticos pueden ser consumidos por los seres humanos a través del consumo de mariscos contaminados. Además, el uso de plásticos de un solo uso tiene un impacto significativo en los recursos naturales y contribuye a las emisiones de carbono. La producción de estos plásticos implica el uso de recursos no renovables, como el petróleo y el gas natural, lo que lleva a un agotamiento de estos recursos limitados. Además, la fabricación y eliminación de plásticos generan emisiones de gases de efecto invernadero, contribuyendo al cambio climático.

¿Cómo ha enfrentado Colombia esta problemática? En Colombia, existe la Ley 2232 de 2022, la cual establece medidas tendientes a la reducción gradual de la producción y consumo de ciertos productos plásticos de un solo uso. Esta Ley enumera los plásticos de un solo uso que deben dejar de comercializarse y distribuirse. Asimismo, estipula que las diferentes medidas serán implementadas en un período de 2 a 8 años para asegurar su efectiva implementación. De igual manera, la Ley ordena al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS) que, en un plazo de 12 meses, elabore y ponga en marcha una política nacional con un plan de acción para reducir la producción y consumo de plásticos de un solo uso, término que ya trascurrió y aún no se ha expedido dicha política. Este instrumento busca establecer directrices claras y acciones concretas para abordar la problemática de los plásticos de un solo uso en el país, promoviendo prácticas más sostenibles y fomentando el uso de alternativas amigables con el medio ambiente.

La Ley 2277 de 2022, mediante la cual se adoptó la reforma tributaria 2023, abordó en su título IV el impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes. En este sentido, se establecen los elementos de estos tributos: el hecho generador es la venta, el retiro para consumo propio o la importación para consumo propio, de los productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes; el sujeto pasivo y responsable del impuesto es el productor o importador, según corresponda, la base gravable del impuesto es el peso en gramos del envase, embalaje o empaque de plástico de un solo uso; la tarifa del impuesto es de (0, 00005) UVT por cada un (1) gramo del envase, embalaje o empaque.

A su vez, se incluyen aspectos como que el impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso será recaudado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN– . Además, no se causará dicho impuesto cuando el sujeto pasivo presente la Certificación de Economía Circular – CEC. Asimismo, este impuesto no será deducible en el impuesto sobre la renta y complementarios. Adicionalmente fija que, en caso de omisión en la declaración del impuesto mencionado, se aplicará una sanción equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del impuesto que debió pagarse.

Esta medida es parte de un enfoque más amplio hacia la sostenibilidad y la economía circular, y busca promover el uso de alternativas sostenibles que reduzcan la contaminación del medio ambiente. Pero ¿es eficaz la implementación de este impuesto?

Por un lado, si no se establecen mecanismos adecuados para hacer cumplir el impuesto, es posible que las empresas no lo paguen o encuentren formas de eludirlo. Esto puede ocurrir a través de la evasión fiscal o el contrabando de productos por lo que, si no se implementan medidas de cumplimiento adecuadas, el impacto del impuesto puede verse seriamente comprometido. También podría suceder que, si el impuesto se aplica de manera indiscriminada, puede tener un impacto desproporcionado para los productores de plástico porque verían una caída en sus ventas y el impuesto puede generar una carga financiera adicional para los sectores productivos. Lo que se puede evidenciar mediante el concepto emitido por la DIAN 100208192-255, el cual resuelve diferentes dudas relacionadas con la Ley, puede ser falta de claridad en interpretación de la normatividad.

De modo que, Daniela Murcia, especialista en RSC y Sostenibilidad en TP MAR (2023) indica:

“No obstante, será un cambio que no podremos ver de la noche a la mañana, como todo en la sostenibilidad requerirá de una transición y de escucha de todas las partes, debemos garantizar que los negocios y trabajos que se dan a partir de este material puedan seguir mediante una sustitución que sea viable económica, ambiental y socialmente hablando”.

 Opinión a la que adicionaría que no se puede subestimar la importancia de crear alternativas sostenibles y accesibles en el mercado. Si no hay suficientes opciones viables disponibles, es posible que no puedan cambiar fácilmente sus hábitos de consumo y reducir su dependencia de los productos plásticos de un solo uso. En consecuencia, el impuesto podría no lograr su objetivo de reducir la cantidad de residuos plásticos generados.

En conclusión, los plásticos de un solo uso presentan serias problemáticas ambientales, como la contaminación y acumulación de residuos, la contaminación del agua y el agotamiento de recursos naturales, además de contribuir al cambio climático. Colombia ha abordado esta problemática a través de la Ley 2232 de 2022, que establece medidas para reducir gradualmente la producción y consumo de estos plásticos, así como la reciente reforma tributaria que impone un impuesto sobre los productos plásticos de un solo uso. Sin embargo, la efectividad de estas medidas dependerá de la implementación adecuada, el cumplimiento y la disponibilidad de alternativas sostenibles en el mercado. Es fundamental continuar avanzando en la implementación de medidas para reducir el consumo de plásticos de un solo uso y fomentar prácticas más sostenibles que permitan promover una economía que sea sostenible y responsable con el medio ambiente.

Bibliografía

Programa para el Medio Ambiente de Naciones Unidas (2018). Plásticos de un solo uso: una hoja de ruta para la sostenibilidad. PNUMA. Disponible en: https://www.unep.org/es/resources/informe/plasticos-de-un-solo-uso-una-hoja-de-ruta-para-la-sostenibilidad

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (2023). Concepto 100208192-255. Disponible en: https://www.dian.gov.co/normatividad/Documents/Adicion-Concepto-General-impuesto-nacional-productos-plasticos-01032023.pdf

Murcia, D. [Daniela Murcia Rojas] (15 de marzo de 2023). Colombia y los plásticos de un solo uso. [Post] [LinkedIn]:https://www.linkedin.com/pulse/colombia-y-los-pl%C3%A1sticos-de-un-solo-uso-daniela-murcia-rojas/

Ley 2232 de 2022. Por la cual se establecen medidas tendientes a la reducción gradual de la producción y consumo de ciertos productos plásticos de un solo uso y se dictan otras disposiciones. Disponible en: http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_2232_2022.html

Ley 2277 de 2022. Por medio de la cual se adopta una reforma tributaria para la igualdad y la justicia social y se dictan otras disposiciones. Disponible en: http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_2277_2022.html#1