Un Estado democrático es: (i) Soberanía popular, entendida como un “Todo el Pueblo”, (ii) Pluralista, donde todos tenemos acceso a los mismos derechos sin importar el pensamiento y (iii) Participativo, la ciudadanía cuenta con diversos mecanismos de participación, mediante los cuales se da la oportunidad de pronunciarse sobre decisiones que las involucre directamente. En ese entendido, y bajo estos tres principales elementos, se compone y se entiende que Colombia es un Estado social y democrático de derecho, tal y como lo establece el artículo 1 de la Carta Política. La Corte en diferentes pronunciamientos ha dicho que la consulta previa es un mecanismo de participación reconocido como derecho fundamental y, debe entenderse como el consentimiento previo, libre e informado de las comunidades indígenas, tema que más adelante mencionaré. Haré una breve reflexión sobre el reciente caso de aprobación de licencia ambiental otorgada a Ecopetrol para el desarrollo de un proyecto [...]