8 de febrero de 2020

Resolución 434 de 2019 “Por la cual se modifica específicamente la Resolución 350 de 2019, por la cual se limita las cuotas globales de pesca de las diferentes especies bajo aprovechamiento para el año 2020”

Mediante la menciona resolución se busca esclarecer las diferentes interpretaciones que surgieron de la resolución 350 de 2019, y establecer una que garantice la protección de las especies de tiburones amenazadas

Por: Jorge Andrés Obando

El año pasado el Ministerio de Agricultura expidió la resolución 350 de 2019, mediante la cual se asignaba la cuota global de pesca para diferentes especies, entre ellas, los tiburones. Dicha resolución generó una polémica ya que precisó que la cuota aplicaba para especies de tiburones que hacen parte de las especies amparadas por la CITES[1] y específicamente designaba una cuota de pesca para ellas.

Como se explicó en un post anterior, incluir en la cuota global de pesca de tiburones a las especies amenazadas, es un mecanismo para protegerlas contra la pesca excesiva de la especie, pues impone un límite que puede ser reducido progresivamente y significar un punto de partida para la protección de las especies.[2]

Tras los diferentes debates surgidos de la resolución 350 de 2019, el Centro Ejecutivo para la Pesca concluyó que:

  • La intención de establecer un volumen para aletas de algunas especies dentro de la cuota establecida sin poder promover las capturas indiscriminadas o legalizar prácticas y prohibidas en el país, sino por el contrario, generar instrumentos de seguimiento y control que ayuden a las autoridades competentes a promover el uso sostenible de las especies de tiburones.
  • Teniendo en cuenta la interpretación equivocada a la Resolución 350 de 2019, que recogió literalmente las recomendaciones del CEP, se especificó la corrección de la resolución en aras de aclarar lo relacionado con las medidas de conservación definidas para el recurso tiburón.
  • De acuerdo con lo planteado por expertos en el marco del PAN Tiburones Colombia, sin perjuicio de las acciones que se pueden para mejorar la investigación y el control tendiente a incentivar la conservación de los tiburones, se considera que prohibir su captura no es la solución para el país, pues se generaría un problema social, se incentivaría la ilegalidad y se perdería la trazabilidad del recurso, dado que se dificultaría la obtención de información necesaria para mejorar las medidas de manejo y conservación de estas especies.
  • Se requieren mantener las cuotas globales para la pesca artesanal del recurso tiburón en 125 toneladas para el Caribe y 350 para el Pacífico, que se obtienen tras aplicar el modelo estadístico y un porcentaje precautorio, excluir los volúmenes de aletas y aclarar que la AUNAP tenga control sobre los subproductos de tiburón y verificar que no pueden tener valores superiores al factor de conversión de las cuotas de pesca asignadas, en aras de implementar una estrategia para mejorar el seguimiento y el control a la carga del tiburón y sus subproductos.
  • Se especifica que las cuotas de tiburón fijadas deben descontarse los volúmenes de captura que hagan parte del porcentaje de incidentalidad autorizada para la pesca industrial y los volúmenes de captura de la pesca artesanal.
  • Se solicita a la AUNAP generar una estrategia específica de control enfocada a la cuota de tiburón.
  • Se considera necesario revisar y, de ser posible, aprobar el ejercicio de actualización del listado de especies de tiburones reconocidos como recurso pesquero en reunión extraordinaria del CEP, con el fin de excluir las especies que se encuentran amenazadas, una solicitud del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, según lo anotado en el acta de la reunión ordinaria del 28 de agosto pasado.

Amén de mencionadas conclusiones, la resolución 434 de 2019 da una cuestionada solución a la polémica causada por la anterior resolución consistente en suprimir toda regulación especial relacionada con las especies de tiburones amenazadas por la comercialización de sus aletas.

De esta manera, se desvanece la posible protección que se hubiera podido garantizar para las especies amenazadas con la imposición de una cuota global de pesca específica para ellas, pues al imponer una cuota global de pesca general para todas las especies de tiburones, no se hace la discriminación necesaria de las especies que se encuentran amenazadas, por lo que no hay punto de partida alguno para empezar a protegerlas. En consecuencia, la resolución se expidió de manera igual a las de los años anteriores.

Puede consultar la resolución completa aquí.


[1]  CITES. Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres.

[2] Al respecto puede consultar la nota del Blog de Derecho del Medio Ambiente: Obando. J. Resolución 0350 de 2019 “Por la cual se establecen las cuotas globales de pesca de las diferentes especies bajo aprovechamiento para el año 2020”. 8 de noviembre de 2019. Consultado en: https://medioambiente.uexternado.edu.co/resolucion-0350-de-2019-por-la-cual-se-establecen-las-cuotas-globales-de-pesca-de-las-diferentes-especies-bajo-aprovechamiento-para-el-ano-2020/


Foto tomada de: https://www.tiburonalia.com/pesca-de-tiburones/